Micelio
Auto13 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante López Malaver José Amado·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no logró subsanar las deficiencias advertidas en el auto de inadmisión.

Teniendo en cuenta que el demandante no evidenció yerro, olvido o arbitrariedad en la providencia cuestionada y que incurrió en una falta de motivación, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR, por improcedente, el recurso impetrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR, por improcedente, el recurso de súplica interpuesto por José Amado López Malaver en contra del auto de 16 de agosto de 2023, por medio del cual el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo rechazó la demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 9 (parcial) de la Ley 130 de 1994.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
  4. Notifíquese y cúmplase.
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Presidenta
  7. NATALIA ÁNGEL CABO
  8. Magistrada
  9. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  10. Magistrado
  11. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  12. Magistrado
  13. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  14. Magistrado
  15. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  16. Magistrado
  17. No participa
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  21. Magistrada
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.